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¿Qué es el modelo 111 y cómo cumplimentarlo?

Modelos oficiales28 de Junio de 2016

Este modelo está establecido trimestralmente en donde las empresas o autónomos hacen su declaración e ingresan la retención que se han realizado cada tres meses a los trabajadores, profesionales o empresarios según sea el caso.

¿A quién se obliga presentar el modelo 111?

A las sociedades, empresarios y profesionales que en el periodo de 3 meses a un mes (se ampliará a un mes para empresas grandes) hayan hecho retiros o restado parte de los importes que correspondan a la nómina de empleados o las facturas de profesionales al igual que otros casos poco frecuentes.
Se retendrá en los siguientes casos:

  1. A las utilidades de trabajo: finiquitos o nóminas, entre otros.
  2. A las utilidades derivadas de algunas actividades económicas:
    • Trabajos profesionales, un ejemplo podría ser a un asesor.
    • Trabajos de agricultura y ganadería.
    • Trabajos forestales.
    • Trabajos empresariales en valoración con objetividad. (actividades en módulos con obligatoriedad de retención del 1%).
    • Pertenencias industriales, intelectual y de minería…
  3. Concursos, Premios que sean de intervención en juegos, rifas, etc.
  4. Beneficios de patrimonio por aprovechamientos forestales en montes de áreas públicas.
  5. Imágenes donadas según el art, 92 LIS.

¿Cuándo se debe presentar este modelo?

El lapso de tiempo que se otorga para presentar el modelo es en el margen de los 20 días después que finaliza el trimestre natural.

• Trimestre 1. Se realizará del 1 al 20 de abril.
• Trimestre 2. Se realizará del 1 al 20 de julio.
• Trimestre 3. Se realizará del 1 al 20 de octubre.
• Trimestre 4. Se realizará del 1 al 20 de enero.

Cuando el día establecido como término del plazo sea sábado, domingo o día festivo, el plazo vencerá hasta el día hábil siguiente.

¿Cómo llenar el modelo?

Los datos que se necesitarán para llenar el modelo serán las facturas o justificantes de compras del periodo declarado en los que se haya conservado al perceptor del gasto. La información mencionada se tendrá en fácil acceso en los libros de registro de los desembolsos o contabilidad siempre y cuando esta sea llevada de forma correcta.

Identificación: Se deberán poner etiquetas que nos ayuden a identificar. SI no se tienen, se deberá llenar los datos de identificación que se piden.

Devengo: Tendrán que escribirse las cuatro cifras que sean las que correspondan al año natural perteneciente al periodo trimestral por el que se está haciendo la declaración en la casilla del ejercicio.

Y el aparatado que corresponde al periodo trimestral se deberá escribir: 1T, 2T, 3T, 4T según sea el caso

Liquidación

Rendimientos del trabajo

Se deberá informar de este tipo de productividad, separando este informe a lo que corresponde a en dinero y los que fueron pagaron en especie.

En la casilla que corresponde al número 01: Se deberá anotar el total de personas fiscales a las que el que declara ha hecho un retenimiento con respecto a IRPF en consideración al rendimiento del trabajo (número de personas que se encuentran retenidas en nómina en el lapso que se haya declarado).

En la casilla que corresponde al número 02: Sumatoria de todas las bases que están sujetas a declaración en juicio del rendimiento del trabajo.

En la casilla que corresponde al número 03: Sumatoria de todas detenciones las cuales se hayan realizado a los empleados en la nómina en el transcurso declarado.

En las casillas que corresponde a los números 04, 05 y 06: Se realizarán igual que las definiciones de las casillas anteriores; solo se tendrá en cuenta que serán la rendición en especie. Es decir la utilidad consumismo u obtención por los empleados pero a siempre a cargo de la empresa y para sus propios fines específicos ya sea de servicios, bienes o derechos que se hayan efectuado gratuitamente o por un costo mucho menor.

La retribución en especie que se hablará en actividad a su fiscalidad son:
• Asistencia sanitara y seguro para enfermedades.
• Seguro contra accidentes.
• Utilidad de vehículos.
• Cursos relacionados con la formación para beneficio laboral, inversiones y gastos para enseñar a los empleados a utilizar las nuevas tecnologías informáticas comunicativas.
• Uso de la vivienda.
• Vales para guarderías.
• Entregar acciones.

Rendimientos en las actividades económicas

En la casilla que corresponde al número 07: Sumatoria del número de profesiones en su totalidad que hayan practicado una retención en la facturación.

En la casilla que corresponde al número 08: Suma total de las bases de realización de facturación de profesionales que nos hayan realizado una retención en la factura.

En la casilla que corresponde al número 09: Cantidad total de lo retenido en lo realizado en las facturas destinadas a profesionales.

En la casilla que corresponde al número 10, 11 y 12: Se realizarán lo mismo que las de los 3 números anteriores, pero ahora solo nos abocaremos a rendimientos que tengan relación con especie.

Concursos, Premios que sean de intervención en juegos, rifas, etc.

Este apartado pocas veces se llena solo en caso de entrega de premios y que haya sido en el periodo a declarar. Se debe hacer una discriminación entre premio en efectivos o cheques y premios en especies (como son casas o autos).

Ganancias derivadas de patrimonios públicos forestales

Serán incluidas en este apartado a lo percibido como consecuencias del aprovechamiento forestal y que ayuden a percibir ganancias patrimoniales.

Contraprestaciones para imágenes que donaron derechos de imagen

Aquí se deberán incluir todos los datos que correspondan a lo que a derechos de imagen se refiere.
Las ganancias derivadas de patrimonios públicos forestales, serán incluidas en este apartado a lo percibido como consecuencias del aprovechamiento forestal y que ayuden a percibir ganancias patrimoniales.

Total liquidación

En la casilla que corresponde al número 28: Anotaremos el total de egresos e ingresos a cuenta de todos los anteriores lo que significa que será la suma de las casillas 3,6,9, 12, 15, 18, 21, 24 y 27.
Casi siempre solo se debe sumar las casillas 3 y 9 pues las demás por lo regular siempre se encontrarán en cero.

En la casilla que corresponde al número 29: Se anotarán solamente en el caso que se declare complementariamente y se pondrá solo el resultado del pago anteriormente presentada y que corresponda al año y periodos.
Se escribe aquí cuando haya habido una equivocación en las declaraciones ya presentadas con anterioridad.

En la casilla que corresponde al número 30: Aquí se anotará el resultado de la resta entre las casillas 28 y 29 el cual será el resultado final de la declaración.

Ingreso

Ya cumplido el modelo, los resultados podrían ser en 2 casos pagar o negativo (no se pagará nada).

En el supuesto caso de que el resultado del modelo sea el de pagar: Se realizará en la entidad colaboradora donde se deberá seleccionar la forma de pago; si es en efectivo se hará en el banco de su preferencia pero será mejor en uno donde se disponga de cuenta por si existiera algún problema; la otra opción es pagarlo adeudando en cuenta pero esto será reflejando en el modelo la cuenta donde se quiere que se le cobre y se llevará al banco en la que tengamos dicha cuenta existente.

Se cambiará el importe de la casilla 30 a la clave I y se colocará una X para elegir la forma de pago. Si se realiza mediante adeudo de cuenta, se deberá llenar los datos completos (ccc).

Importante recordar que el precio de ingreso tendrá que ser coincidente con el que pe puso en la casilla número 03.

Esto se llevará al banco que se le haya asignado cuando se eligió forma de pago.

Negativa

Cuando el resultado de la casilla número 03 es negativo, es decir una autoliquidación en negativo, se deberá anotar una X en la casilla previamente asignada. Esta presentación se tiene que hacer en la Administración Tributaria de tu dirección fiscal y deberá coincidir con las etiquetas identificativas.

Complementaria

En este caso se darán declaraciones solo si se cometió error en las declaraciones que ya se hayan presentado y cuyo pago se deba modificar, En este modelo solo se incluirá la presentación de complementaría, siempre y cuando la complementaria sea para realizarse por un pago arriba del que se realizó incorrectamente.

En los modelos complementarios se anotarán las casillas por concepto de los importes correctos y se señalará la casilla que corresponda al modelo complementario, especificando correctamente el número de referencia del modelo que se rectifica.

Se señalará con una X en la casilla que indique la autoliquidación que complemente de otra que ya se presentó antes por el mismo concepto y que corresponda al mismo periodo de año. Y también se anotará el número de justificante que deberá ser de 13 dígitos que se encuentra en la numeración del código de barras de la anterior autoliquidación.

Firma

Cuando ya se haya llenado en su totalidad, el modelo deberá ser firmado solamente por la persona que declara.

Es importante recordar que si se tiene un certificado o firma electrónica se tiene la opción de presentar el modelo por medio de la página web de la Administración Tributaria. Si este es el caso, no se necesitará que se lleve al banco si te apareciera a pagar o a la Administración Tributaria si este apareciera negativamente. Se mandaría directo con la firma electrónica y listo.

Al término de los ejercicios, al igual que el cuarto trimestre (4T) se hará la presentación de un resumen que abarque el año del total de retenciones del ejercicio, en el cual se explicará a detalle la identificación de lo percibido.

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Caterina Llopart
Caterina Llopart
Redactora en NoviCap

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Comentarios

  1. ¿Cómo Rellenar La Declaración De La Renta Paso A Paso? | Blog Para Pymes Y Autónomos Digitales | Pymessomostodos.com

    08/09/2016

    […] los que, en un principio, deberemos invertir tiempo pero, una vez rellenada claramente, junto a los modelos que pertocan, será una excelente herramienta que agilizará el […]

    Responder

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