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No hay nada mejor para aclarar conceptos que unas buenas definiciones, seguidas por un análisis exhaustivo de las diferencias. Así nos hemos planeado estructurar este post, para poder definir de manera simple y eficaz los distintos tipos de pagarés y cuándo se pueden ceder o descontar. Esperamos que este artículo sirva para aclarar las dudas y facilitar el proceso de financiación de las empresas, uno de los objetivos principales en Novicap.
En general un pagaré suele ser conocido como un documento mediante el cual una persona física o jurídica se compromete a realizar un pago a otra persona o empresa en un plazo determinado. En este artículo nos vamos a centrar en los pagarés entre empresas dado que son el segundo método más usado para realizar los pagos entre empresas en España (siendo las transferencias bancarias el primero).
El pagaré a la orden es el efecto comercial mediante el cual el emisor se compromete a pagar el importe fijado en el documento a una determinada persona o empresa dentro de un plazo determinado.
El pagaré a la orden permite que el legítimo tenedor haga una cesión del pagaré a un tercero mediante endoso.
El pagaré no a la orden es el efecto comercial mediante el cual el emisor se compromete a pagar el importe fijado en el documento a una determinada persona/empresa dentro de un plazo determinado.
A diferencia del pagaré a la orden, en el pagaré no a la orden el firmante impide la cesión del título mediante endoso. Un pagaré no a la orden solo podrá ser transmitido/cedido mediante una cesión de crédito, un trámite más complicado y caro que el simple endoso.
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El término se refiere a una cláusula incluida en el pagaré (a la orden) que permite al beneficiario del pagaré cederlo a un tercero (endosatario). El endoso se puede realizar especificando en destinatario o no. En caso de querer establecer que el beneficiario del endoso es una persona o empresa en concreto, además de firmar el pagaré por la parte trasera se deberá añadir la frase “Páguese a X”. De esta forma, solo X podrá cobrar el pagaré, hecho que será muy útil en caso de tener que mandar los pagarés por correo ya que será mucho más seguro.
Es un contrato mediante el cual una empresa (cedente) se obliga a transferir a otra (cesionaria), un crédito que tiene a su favor.
La mayor ventaja de los pagarés a la orden es al mismo tiempo el principal límite de los pagarés no a la orden: cesión por endoso. El hecho de poder ceder un pagaré a la orden mediante endoso permite mayor rapidez y flexibilidad en el proceso de transmisión. En cambio, un pagaré no a la orden no permite la cesión a terceros por endoso, únicamente de forma notarial y con el consentimiento del emisor, por lo tanto el proceso es más largo y burocrático. En el caso que se presente la necesidad de descontar el pagaré para recibir financiación a corto plazo, el hecho de no ser transmisible por endoso, agregará lentitud en circunstancias en las que la rapidez es clave.
Otro límite de los pagarés no a la orden es que el poseedor pierde la vía ejecutiva para reclamar el cobro en caso de impago o devolución. Para evitar este tipo de situación, las entidades financieras que descuentan pagarés “no a la orden” se encargan de confirmar que el firmante del efecto ha recibido la notificación de la cesión para asegurarse que a la fecha de pago el destinatario adecuado reciba el pago.
Novicap te permite descontar pagarés a la orden y no a la orden (tras cesión ordinaria) de forma rápida y flexible, sin comisiones ocultas y confirmando con el emisor del pagaré su consentimiento a la cesión.
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Para más información sobre los beneficios del anticipo de pagarés lee nuestro Blog Post “Anticipo de facturas: te lo explicamos en 5 minutos”.
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