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Reconócelo, todos odiamos las comisiones. Un poco por aquí, otro poco por allá… Sumando, acaban suponiendo cantidades nada desdeñables, y a veces, también injustas.
¿Cuál es su razón de ser? En teoría, estos pequeños pagos sirven para costear los servicios de gestión o intermediación que proporcionan las entidades bancarias, como por ejemplo cambiar divisas, hacer una transferencia o proporcionar financiación. Pero, ¿por qué estos pagos tienen que ser comunicados al usuario como un “extra”?
Hay dos grandes desventajas de la existencia de las comisiones:
Lo cierto es que, justas o no, se han convertido en un elemento decisivo a la hora de elegir en qué banco abrir una cuenta corriente, o en qué cajeros sacar dinero, por poner dos ejemplos muy básicos. Existen incluso comparadores web de comisiones bancarias, como el que proporciona Bankimia
A continuación, te presentamos tres puntos claves que posiblemente nunca te contaron sobre las odiadas comisiones de los bancos:
Así es. Los bancos tienen total libertad para cobrarte las comisiones que estimen conveniente, pero ¡ojo!, sólo podrán hacerlo si te están prestando un servicio, que además tienes que haber aceptado. El banco también está obligado a informarte de la existencia de esas comisiones de forma previa. ¡Nada de sorpresas! Esto es muy importante, porque aunque parezca evidente, no te pueden cobrar por servicios que no hayas solicitado o aceptado expresamente.
Consulta siempre con cuidado tu extracto bancario a final de mes y no temas preguntar por la razón de ser todos aquellos gastos extra para los que no encuentres una explicación, por pequeños que sean.
Según la ley, los bancos no pueden cobrarte una comisión por un mismo servicio dos veces. Parece lógico, ¿verdad? Ahora bien, hay situaciones más dudosas, como ocurre por ejemplo con la polémica doble comisión que cobran algunos bancos por sacar dinero de sus cajeros.
¿En qué consiste esta doble comisión y qué dice la ley al respecto?
Muchos bancos cobran comisiones por sacar dinero en los cajeros automáticos. El importe varía en función de la red a la que pertenece el cajero (Servired, 4B o Euro6000), siendo normalmente más altas en los cajeros que pertenecen a redes diferentes a las de tu entidad. Hasta aquí, ninguna novedad.
Pero hace unos meses, los tres mayores bancos del país (BBVA, Santander y CaixaBank) empezaron a cobrar comisiones a los no clientes por el uso de sus cajeros.
En realidad, esta última comisión ya existía, solo que no repercutía en los clientes: los bancos cobraban al emisor de la tarjeta una tasa de intercambio por el uso que el ciudadano hacía del cajero. Este coste no suele ser superior a 0,65 ó 0,75 céntimos por lo que, para empezar, las comisiones de 2 euros resultan, cuando menos, ilícitas.
El Banco de España advirtió en julio a los bancos que podían estar cometiendo una ilegalidad, pero estos hicieron oídos sordos. Hasta que, a principios de noviembre, entró en vigor un Real-decreto ley, que resuelve más bien poco: el banco propietario del cajero no podrá cobrar una comisión directamente al cliente, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta, que a su vez podrá repercutir o no esta tasa al usuario, de forma total o parcial. Además, la pantalla del cajero deberá informar al usuario del importe máximo que se podrá repercutir.
En otras palabras, la decisión final queda en manos de tu banco… y muchos han decidido instaurar esa odiosa nueva comisión.
Aunque en líneas generales las entidades pueden cobrar lo que quieran por prestar sus servicios, existen algunas excepciones:
¿TIENES HIPOTECA?
Entonces puede que te suene la comisión por novación modificativa. Es la que cobran los bancos cuando el cliente cambia alguna de las condiciones de su hipoteca, por ejemplo el plazo de devolución. Por ley, la penalización máxima es del 0,1%.
Cuando lo que quieres es adelantar pagos de tu hipoteca, entra en juego la comisión por amortización anticipada. En este caso, según la ley, el cargo máximo es del 0,5% de la cantidad amortizada en los primeros cinco años, y del 0,25% para el resto del plazo.
PRÉSTAMOS AL CONSUMO
Al igual que ocurre con las hipotecas, pueden cobrarte una comisión cuando decides adelantar la devolución del dinero. Si te quedan menos de 12 meses para devolver la totalidad del préstamo, la comisión máxima por anticipar el pago será del 0,5%. Si te queda más de un año, el 1%.
¿ERES AHORRADOR?
Los bancos también pueden aplicar comisiones cuando un depósito a plazo fijo se cancela de forma anticipada. Esa penalización nunca podrá ser superior a los intereses brutos que hayas recibido hasta ese momento.
Como puedes ver la mejor manera de evitar sorpresas en el coste de los servicios financieros es estar bien informado. ¿Has pensado ver qué alternativas tienes más allá del sistema bancario tradicional?
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