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Como autónomos, si ya no es poco el hecho de tener que pagar una cuota fija a la seguridad cada mes independientemente del nivel de facturación que tengamos, además cada trimestre llega el momento de presentar la temida declaración del IVA.
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), es un impuesto indirecto cuyo objetivo es gravar el valor añadido de los bienes o servicios prestados por un profesional freelance.
Este tributo funciona de las siguiente manera, es el cliente o consumidor final el que tendrá que hacer frente al pago de esta cantidad. Pensemos por ejemplo que cada vez que adquirimos un producto o contratamos un servicio, una parte de la factura que pagamos va directamente a este impuesto.
Como profesionales, también aplicaremos IVA a las facturas emitidas a nuestro clientes, pero lo que debemos tener muy claro es que esta cantidad no nos pertenece, sino que actuamos como meros intermediarios del Tesoro Público. Hay quienes piensan que todos los autónomos deberíamos cobrarle una cantidad a Hacienda por hacerles el trabajo de la gestión del IVA, ya que somos nosotros los encargados de cobrarlo e ingresarlo en sus arcas.
En cualquier caso, la cantidad resultante será la diferencia entre el IVA soportado y el repercutido que en algunas ocasiones puede llegar a ser negativa.
Pequeños gestos que minimizan el importe de la declaración del IVA
Partiendo siempre de la base de que estamos ante un impuesto obligatorio para todos aquellos profesionales que trabajan por cuenta propia, existen una serie de acciones que podemos llevar a cabo para no pagar de más a la hora de declarar este tributo.
Las facturas rectificativas son aquellas que se vuelven a emitir cuando se detecta un error en la factura original. Si en algún trimestre se da el caso de no poder hacer frente a este pago y somos conscientes de ello, siempre podemos tratar con nuestros clientes esta vía. De esta forma estaremos posponiendo a otro trimestre mejor, la realización del pago.
En este campo existe una gran confusión, y cada vez más los inspectores de hacienda se vuelven más quisquillosos en este aspecto.
Gastos claramente deducibles:
Los alquileres de locales, oficinas, espacios de coworking y cualquier otro lugar donde se ejerza la actividad, estaño incluidos como deducibles al 100% de IVA. Aquí habría una excepción para todos aquellos profesionales que realizan su trabajo desde casa, ya que facturas como la luz, el agua, teléfono, serán sólo parcialmente deducibles.
Aquí se encontrarían todos aquellos gastos en los que es más difícil demostrar su afección a la actividad empresarial, como por ejemplo, dietas, gastos de transporte, reparaciones y mantenimiento de vehículos…etc.
Como recomendación, no merece la pena ocultar transparencia en este tipo de gastos, ya que la multa y los recargos a soportar son realmente importantes.
Cada vez que tenemos que hacer una gestión con cualquier administración pública, el mal humor nos inunda, porque por lo general nos hacen perder una mañana, y este tiempo en la vida de un autónomo, cuesta su dinero. Por ello os animamos a que uséis la forma telepática de presentación del impuesto. Supondrá un ahorro de tiempo, coste y paciencia.
Las nuevas tecnologías están aquí para ayudarnos en las gestiones de cada día, por ello es muy importante llevar nuestra facturación de forma digitalizada par que a la hora de hacer las cuentas, el resultado se obtenga de forma rápida y sin lugar a error. Y si además utilizamos un dispositivo en la nube, podremos acceder a la información en cualquier momento desde martilles dispositivos.
¿Hay algún truco más que utilices para ahorrar en tu declaración trimestral de IVA?
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