Diferencias entre prestamista y prestatario, ¿Cuáles son?

Préstamos para empresasÚltima actualización el 8 de Septiembre de 2021

Un préstamo es una operación financiera en la que se cede una cantidad de dinero determinada a una persona física o jurídica a cambio de una deuda. Esta deuda será devuelta a plazos sumándole unas comisiones e intereses adicionales.

En un préstamo intervienen dos figuras principales que a menudo se confunden: el prestamista y el prestatario.

En este artículo vamos a conocer mejor quién es quién en esta operación y cuáles son sus principales características y diferencias. 

El prestamista

El prestamista es la figura que presta el dinero, es decir, la que concede el préstamo. Esta parte adquirirá una serie de derechos sobre el prestatario, como el de recibir la devolución del préstamo o el derecho al favor judicial en caso de impago de la deuda.

Para que una persona física o jurídica asuma el rol de prestamista, el dinero prestado tendrá que devolverse, es decir, el préstamo tiene que constituir una cesión temporal.

Asimismo, es habitual que esta figura obtenga, además de la devolución del importe original, el cobro de unos intereses añadidos que variarán según la solvencia del prestatario y el riesgo de la operación. 

El tipo de préstamo variará en función de quién sea el prestamista. Actualmente, los tipos de prestamista más habituales son:

  • Entidades bancarias: a día de hoy son el tipo más extendido. A cambio de unos intereses atractivos, exigen al prestatario una serie de requisitos que muchas veces son difíciles de cumplir.
  • Entidades de financiación alternativa: Cada vez más conocidas, son entidades que actualmente compiten con los bancos en el mercado crediticio. Dentro de este tipo de prestamista encontramos también las plataformas de crowdlending que, aunque obtienen los fondos de particulares, se erigen como canalizador del dinero del particular para ofrecerlo en un préstamo. 
  • Entidades públicas de crédito: en España la principal entidad dentro de este tipo es el ICO, que ofrece créditos con unas condiciones más atractivas y opera al servicio del Gobierno. Se podría considerar una especie de banca pública.
  • Particulares: son personas que trabajan a título individual otorgando préstamos de cantidades más bajas. A cambio de exigir menos requisitos, pedirán una garantía que avale el préstamo.

El prestatario

El prestatario es la figura que recibe el dinero prestado. Al mismo tiempo obtendrá la obligación de devolver dicha cantidad más unos intereses generados, pactados en el momento de firmar el contrato. De la solvencia del prestatario dependerá el riesgo del crédito y los intereses aplicados sobre éste. 

Algunos de los derechos del prestatario serán recibir los justificantes de pago, toda la documentación del contrato del préstamo o consultar, verificar sus deudas pendientes con entidades financieras o cancelar el contrato de préstamo durante los 14 días posteriores a la solicitud.

En cuanto a sus obligaciones, entre ellas están la de devolver el préstamo en el plazo pactado con los intereses generados o destinar la cantidad prestada al motivo especificado en la solicitud del préstamo.

El prestatario puede ser una persona tanto física como jurídica. De esta manera, una persona individual podrá solicitar el préstamo del mismo modo que una empresa o sociedad.

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El contrato de préstamo

Como en todos los contratos, en el contrato de préstamo tienen que aparecer todos los acuerdos a los que se llega entre las partes y debe contemplar todo el marco y las condiciones bajo las que se efectuará el préstamo con el fin de no dejar ni un cabo suelto.

El contrato supone la prueba de que el préstamo se ha realizado y de que ambas partes han llegado a un acuerdo y han establecido unas condiciones determinadas. De esta manera, se establecerá una relación de confianza entre el prestamista y el prestatario.

Siempre que haya alguna disputa o desacuerdo, se podrá recurrir al contrato para solucionarla ya que, si se ha efectuado de una manera correcta, éste contemplará todos los aspectos necesarios para aclarar cualquier malentendido.

Algunos de los aspectos que el contrato de préstamo deberá contemplar son:

  • Datos del prestamista
  • Datos del prestatario
  • Cantidad prestada 
  • Tipo de interés aplicado
  • Plazo y cuotas de amortización del préstamo
  • Comisiones de demora o otros gastos
  • Derechos y obligaciones
  • Otros aspectos que las partes encuentren relevantes para el correcto desarrollo de la relación contractual

Además de conocer bien las características de cada una de las partes que intervienen en el préstamo, es necesario saber acerca de otra información relevante como la solvencia del deudor, deudas que pueda tener pendientes o las opciones con las que contamos en el momento de solicitar el préstamo.

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