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A la hora de solicitar financiación corporativa, una de las condiciones determinantes fijadas por las entidades bancarias y plataformas de financiación es la exigencia (o no) de garantías adicionales o avales. La elección entre un préstamo con aval y un préstamo sin aval influye directamente en los costes de la operación, la agilidad del proceso y el nivel de riesgo que asumen la empresa y sus socios.
A continuación, analizamos cómo funciona cada modalidad, sus diferencias clave y las situaciones en las que conviene optar por una u otra.
En esta modalidad, la entidad exige una garantía extra que responda de la deuda en caso de que la sociedad no pueda hacer frente a las cuotas acordadas.
Este respaldo puede concretarse mediante un aval personal (compromiso directo de los socios o administradores), un aval real (pignoración de bienes inmuebles o activos) o un aval institucional (otorgado por Sociedades de Garantía Recíproca -SGR- o líneas públicas como el ICO).
En el préstamo sin aval (o sin garantías reales), la concesión se fundamenta de forma exclusiva en la solvencia financiera, el flujo de caja y la recurrencia de ingresos de la propia empresa.
Es una alternativa muy extendida en la financiación alternativa para pymes, pensada para cubrir necesidades operativas sin comprometer el patrimonio de los propietarios.
La elección entre financiación con o sin aval depende de la urgencia de la liquidez, el volumen requerido y el nivel de riesgo patrimonial que los socios estén dispuestos a asumir. Mientras que los préstamos con aval resultan idóneos para financiar proyectos estructurales a largo plazo, la financiación sin aval aporta la rapidez y la flexibilidad necesarias para resolver la operativa del día a día sin comprometer el patrimonio personal.
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