Diferencias entre un pagaré y una letra de cambio

Descuento de efectosÚltima actualización el 12 de Marzo de 2021

Existen varias diferencias entre un pagaré y una letra de cambio y para conocerlas, se debe definir qué es el pagaré y qué es la letra de cambio.

  • Un pagaré es un documento entre dos participantes, uno que se compromete a pagar una deuda determinada y otro al que se le abonará el dinero.
  • La letra de cambio es un documento oficial que implica, al menos, tres participantes: el librador (el que emite la letra), el librador (el que emite la letra) y el tomador (el beneficiario de la deuda). Ambos documentos sirven para acreditar que se debe abonar una determinada cantidad de dinero y si queremos anticipar el importe, podemos acceder a servicios de descuento de letras de cambio o pagarés.

La letra de cambio y el pagaré

Podemos empezar diciendo que ambos son medios de pago muy utilizados para la realización de transacciones comerciales, aunque a día de hoy, la letra de cambio está en desuso.
Como se ha explicado anteriormente, el pagaré y la letra de cambio tiene su principal diferencia en la definición de cada una:

Un pagaré es un documento escrito en el que figuran dos participantes. El que se compromete a pagar una deuda adquirida por importe y fecha determinados, y la persona a la que se le abonará el dinero adeudado.

La letra de cambio, es un documento oficial, timbrado por el estado en el que se incluyen al menos tres participantes, librador (el que emite la letra), librado (el deudor) y tomador (beneficiario de la deuda).

Misión de letras de cambio y pagarés

Tanto las letras de cambio como los pagarés, son títulos de crédito y valor que contienen un derecho de pago o cobro y son perfectamente transmisibles entre personas. Para poder ejercer el derecho que el título implica, es necesario estar en posesión del mismo y ser el beneficiario. La ley los trata como bienes muebles, por ello se les aplica la misma normativa.

Las letras de cambio y los pagarés han servido desde hace muchos años y lo siguen haciendo, como instrumentos que lo que facilita es la transmisión de dinero y el aplazamiento de un pago a medio o corto plazo.

Se consideran excelentes medios de pago para cualquier tipo de transacción comercial entre empresas que forma parte de su actividad de circulante habitual.

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Similitudes entre letra de cambio y pagarés

Entre las más importantes se encuentran:

  • Se pueden endosar: Ambos documentos admiten la operación de endoso, pudiéndose crear una cadena de endosantes sin límite hasta la fecha de vencimiento.
  • Implican una deuda: Representan el aplazamiento de un pago que se hará efectivo en una cantidad y tiempo determinados.
  • En los dos figura un beneficiario: Siempre hay un único beneficiario que puede ser una persona física o jurídica y puede ir cambiando su titularidad en función de los endosos realizados.
  • Incluyen similares características: Autonomía, naturaleza ejecutoria, literalidad, legitimación, circulación e incorporación.

Para que las letras de cambio o los pagarés puedan ejecutarse oficialmente, deben de presentarse para su cobro en el tiempo habilitado para tal fin. Si se hace de esta manera y el pago no es atendido, habrá que levantar el “protesto”. El plazo disponible para efectuar acciones ejecutivas, es en ambos casos de tres años.

Diferencias entre letras de cambio y pagarés

  • Diferente número de intervinientes: En el caso de los pagarés existen dos participantes en un inicio: el firmante (persona que emite el pagaré) y el beneficiario (persona a la que se le abonará la deuda). En una letra de cambio debe de haber al menos tres partes: el librador (emite la letra), el librado(deudor), el tenedor (beneficiario de la deuda).
  • Inclusión o no de Intereses: En la Letra de Cambio, no se admiten intereses mientras que en el pagaré si.
  • Distintos emisores del documento: En el caso del pagaré, es el propio deudor el que pone en circulación el documento mientras que en la letra de cambio lo hace el acreedor (librador). Esta quizás sea la diferencia más significativa.
  • Obligación frente a Promesa: La letra de cambio supone una obligación del pago de una deuda adquirida mientras que el pagaré implica una “promesa” de pago por parte del deudor. Sin duda, términos bien distintos.
  • Apariencia física del documento: El diseño de los dos impresos es diferente, además de que la letra se encuentra timbrada por el Estado y el pagaré no.

En el caso de que no se especifique la fecha de vencimiento y el lugar de pago, en los dos tipos de documentos se considerará “a la vista” (es decir, pagar a su presentación) y el domicilio será el mismo del librado o en su ausencia, el del lugar de emisión.

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